ACTIVIDAD ASISTIDA Nº 2- LEY DE CONSCRIPCION Y ALISTAMIENTO MILITAR
LEY DE CONSCRIPCION Y ALISTAMIENTO MILITAR
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El liderazgo |
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En Venezuela los legisladores han demostrado a través de la evolución de
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El servicio militar tiene por objeto: |
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1. La preparación de los ciudadanos para defender la seguridad y defensa de la nación. 2. Lograr una rápida y ordenada movilización militar. 3. Mantenimiento de los efectivos de las Fuerzas Armadas Nacionales que así determine el Presidente de |
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• Pueden prestar este servicio los venezolanos en edades comprendidas entre los 18 y los 50 años. • Los sujetos interesados o no y en edad ideal para cumplir con este deber, deben inscribirse en el Registro militar. • Si los sujetos después de la respectiva inscripción, modifican su estado civil o residencia deben notificarlo al registro militar, de esta forma se tienen datos actuales que facilitan la labor del órgano. • Los sujetos que formarán parte en las Fuerzas lo harán siempre y cuando cumplan con la exigencia de dicha fuerza, dependiendo del grado de aptitud, las necesidades y la existencia de vacantes. Las situaciones de Actividad, Excedencia y Reserva |
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1. Situación de Actividad: en este grupo se encuentran los sujetos que ya están alistados en las Fuerzas Armadas de la nación y que tienen una edad comprendida entre los 18 y 30 años; y la misma durará dieciocho (18) meses como máximo. La situación de actividad es conocida también como la prestación del Servicio Militar. |
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3. Los individuos que pertenecen a la Reserva Nacional podrán ser llamados en cualquier momento por el Presidente de Autoridades para A nivel nacional la máxima autoridad en materia de Conscripción y Alistamiento Militar recae en el Presidente de • El Ministerio de Relaciones Interiores, hoy día Ministerio del Interior y Justicia, quien es el encargado de ordenar los llamamientos y la conscripción por medio de los Gobernadores, para de esa forma satisfacer la necesidad de funcionarios de • El Ministerio de • Los Gobernadores son las máximas autoridades en esta materia en sus jurisdicciones. • Los Jefes de las Zonas militares son el órgano ejecutor del servicio de alistamiento militar. • Los Prefectos o Intendentes son el órgano ejecutor de la conscripción en su jurisdicción. Se puede percibir el orden jerárquico de estos órganos de la siguiente forma: |
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1. 2. 3. Junta de Conscripción y Alistamiento Municipal. 4. Junta de Conscripción y Alistamiento Parroquial. La Conscripción y el Alistamiento Todos los venezolanos por nacimiento tiene el deber de inscribirse en la respectiva Junta de Conscripción más cercana a su residencia una vez que: • Hayan cumplido 18 años, deben presentarse dentro de los siguientes 60 días después de su cumpleaños. • De igual forma los venezolanos que residan fuera del país deben inscribirse en las respectivas oficinas consulares o diplomáticas de la nación en dicho país donde se encuentren. Los venezolanos por naturalización y cuya edad este entre los 18 y 50 años tienen la obligación de acudir a inscribirse en el Registro militar más cercano a su residencia, dentro de los 60 días siguientes a la publicación en la gaceta oficial de su naturalización. La Calificación para el Alistamiento |
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• La aceptación en Institutos de enseñanza tanto públicos como privados. Otras formas de prestar el Servicio Militar 1. 2. Programas oficiales sobre conservación, defensa y fomento de los recursos naturales renovables: ésta forma de cumplimiento del servicio militar se da por medio de la prestación de servicios en este programa, que será organizado por el Ministerio de 3. Alumnos de Institutos de formación de oficiales, de Liceos Militares y militarizados y Escuelas Técnicas de las Fuerzas Armadas Nacionales: se considera que los sujetos que cursen estudios en estos institutos cumplen con la prestación del servicio militar, pero deben cursar estudios como mínimo: En todos estos casos se los otorgará la respectiva Tarjeta de Servicio Militar. Servicio Militar Femenino • La mujer venezolana por nacimiento o naturalización. Es importante señalar que la prestación del servicio militar en la mujer es de forma voluntaria, la obligación para la mujer radica en la inscripción al servicio militar. Al formular su inscripción se le otorgará la respectiva Tarjeta de Inscripción Militar. Licenciamiento • Por haber culminado el servicio militar activo. Realistamiento o Reenganche La Instrucción Premilitar Establece la obligatoriedad de la enseñanza de |
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hengleny castellanos dijo
Seccion 001 Ingenieria Civil Hengleny Castellanos presente
29 Octubre 2008 | 12:39 AM